
BANDO DE ALCALDÍA AYUNTAMIENTO DE CASAS DE LÁZARO
Dª Mª Eugenia Cuartero Garrido, Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Casas de Lázaro (Albacete), en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
HACE SABER:
Que corresponde a los propietarios de terrenos, solares y parcelas situados en el término municipal el deber de mantenerlos en adecuadas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, conforme a lo dispuesto en la legislación urbanística y de régimen local vigente.
Se ha constatado la existencia de solares con acumulación de vegetación, residuos y suciedad, lo que puede suponer un riesgo para la salubridad pública, la seguridad de las personas y bienes, así como un incremento del peligro de incendios, especialmente en épocas de altas temperaturas.
En virtud de lo anterior, y en uso de las facultades que me confiere la normativa vigente,
SE DISPONE:
Primero. Todos los propietarios de solares, parcelas y terrenos ubicados en el término municipal (dentro del casco urbano de Casas de Lázaro y sus pedanías) deberán proceder a la limpieza, desbroce y retirada de residuos, maleza y cualquier tipo de vegetación seca o elementos susceptibles de provocar incendios o situaciones de insalubridad.
Segundo. Dichas actuaciones deberán realizarse en el plazo máximo de 20 días naturales desde la publicación del presente Bando.
Tercero. Su incumplimiento supondrá la apertura del correspondiente expediente sancionador según lo establecido en la Ordenanza Fiscal Reguladora de limpieza viaria (BOP núm. 107 de 13 de septiembre de 2024).
Cuarto. Se recuerda que estas obligaciones derivan de lo establecido en la normativa urbanística y en particular en el deber de conservación de los inmuebles por sus propietarios.
Quinto. El presente Bando será publicado en los lugares de costumbre y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento para su general conocimiento.
María Eugenia Cuartero Garrido
Alcaldesa de Casas de Lázaro